El Papa concede indulgencia plenaria en el 150 aniversario de Lourdes




Con ocasión del 150° aniversario de la manifestación de la santísima Virgen María en la gruta de Massabielle, cerca de Lourdes, se concede cada día la indulgencia plenaria a los fieles que, desde el día 8 de diciembre de 2007 hasta el día 8 de diciembre de 2008, devotamente y según las condiciones acostumbradas, visiten la gruta de Massabielle, y, del 2 al 11 de febrero de 2008, visiten, en cualquier templo, oratorio, gruta o lugar decoroso, la imagen bendita de la santísima Virgen María de Lourdes solemnemente expuesta a la veneración pública.

La historia de la Iglesia y testimonios memorables del culto mariano manifiestan frecuentemente con gran evidencia y recomiendan a los fieles ese modo de actuar de la divina Providencia, para acrecentar su devoción.

Ahora bien, la próxima celebración del 150° aniversario del día en que María santísima, revelando a la niña Bernardita Soubirous que ella era la Inmaculada Concepción, quiso que se le erigiera y fuera venerado en el lugar llamado "Massabielle", de la ciudad de Lourdes, un santuario, tesoro de gracia, evoca los innumerables prodigios mediante los cuales la vida sobrenatural de las almas, e incluso la salud de los cuerpos, obtuvieron grandes beneficios de la omnipotente bondad de Dios; en esta disposición de la divina Providencia, por intercesión de la santísima Virgen María, se muestra con claridad que el fin integral del hombre es el bien de toda la persona, aquí en la tierra y sobre todo en la eternidad de la salvación.

Los fieles, desde el inicio del santuario de Lourdes, comprendieron que la santísima Virgen María quiere procurar amorosamente allí esa salvación integral de los hombres, mediante el ministerio de la Iglesia católica.

En efecto, venerando a la santísima Virgen María en el lugar "que tocaron sus pies", los fieles se alimentan con los santos sacramentos, hacen firmes propósitos de llevar en el futuro una vida cristiana cada vez más fiel, perciben vivamente el sentido de la Iglesia y de todas estas cosas experimentan validísimos argumentos. Por lo demás, la misma conexión de acontecimientos maravillosos que se suceden en el decurso de los tiempos permite vislumbrar la acción conjunta de la santísima Virgen María y de la Iglesia. De hecho, en el año 1854 fue definido el dogma de la Inmaculada Concepción de María Virgen y, en el año 1858, María santísima se manifestó con inefable dulzura materna a la piadosa Bernardita Soubirous utilizando las palabras de la definición dogmática: "Yo soy la Inmaculada Concepción".

Para que este piadoso recuerdo produzca frutos cada vez mayores de renovada santidad, el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha establecido que se conceda en abundancia el don de la indulgencia plenaria, como se explica a continuación:

Todos y cada uno de los fieles, realmente arrepentidos, debidamente purificados mediante el sacramento de la Confesión, alimentados con la sagrada Comunión y, por último, elevando oraciones con devoción por las intenciones del Sumo Pontífice, podrán lucrar cada día la indulgencia plenaria, aplicable también, a modo de sufragio, a las almas de los fieles que están en el Purgatorio:

A. si desde el 8 de diciembre de 2007 hasta todo el día 8 del mismo mes del año 2008 visitan devotamente, siguiendo preferentemente el orden propuesto: 1. el baptisterio parroquial utilizado para el bautizo de Bernardita; 2. la casa denominada "cachot" de la familia Soubirous; 3. la gruta de Massabielle; 4. la capilla del hospicio donde Bernardita recibió la primera Comunión; y, en cada uno de estos cuatro lugares jubilares, dedican un tiempo conveniente a la meditación piadosa, concluyendo con el rezo del Padrenuestro, la Profesión de fe con cualquier fórmula legítima, y la oración jubilar u otra invocación mariana.

B. si, desde el 2 de febrero de 2008, fiesta de la Presentación del Señor, hasta todo el día 11 de febrero de ese mismo año, memoria litúrgica de la santísima Virgen María de Lourdes y 150° aniversario de la aparición, visitan devotamente, en cualquier templo, oratorio, gruta o lugar decoroso, la imagen bendita de la santísima Virgen María de Lourdes solemnemente expuesta a la veneración pública, y ante esa misma imagen participan en un acto piadoso de devoción mariana, o al menos dedican un tiempo conveniente a hacer meditación piadosa, concluyendo con el rezo del Padrenuestro, la Profesión de fe con cualquier fórmula legítima y la invocación de la santísima Virgen María.

C. Los ancianos, los enfermos y todos los que, por causa legítima, no pueden salir de casa, podrán conseguir igualmente, en su propia casa o donde se encuentren a causa de sus impedimentos, la indulgencia plenaria si, rechazando todo pecado y con el propósito de cumplir cuanto antes les sea posible las tres condiciones acostumbradas, en los días 2-11 de febrero de 2008, realizan, con el deseo del corazón, espiritualmente, una visita (a los lugares antes indicados), rezan las oraciones que se han mencionado antes, y ofrecen con confianza a Dios, por medio de María, las enfermedades y molestias de su vida.

Con el fin de que los fieles puedan participar más fácilmente de estos beneficios celestiales, los sacerdotes aprobados por la autoridad eclesiástica competente para escuchar confesiones muéstrense dispuestos con generosidad para acogerlas y dirijan solemnemente el rezo de las oraciones públicas a la Inmaculada Virgen Madre de Dios.

No obstante cualquier disposición contraria.

Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría apostólica, el 21 de noviembre de 2007, fiesta de la Presentación de la santísima Virgen María.

Cardenal James Francis STAFFORD

Penitenciario mayor

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